Institucional

A.T.D. - Asambleas Técnico Docente

Definición

Las Asambleas de Docentes establecidas en el Artículo 19 numeral 9 de la Ley No. 15.739, son órganos deliberantes con favultades de iniciativa y funciones consultivas en los problemas técnico-pedagógicos de la rama respectiva y en temas de educación general. Funcionarán por establecimientos de enseñanza así como en asambreas nacionales de docentes de cada Consejo de Educación.

Funciones y facultades:

Las Asambleas de Docentes podrán:

    • Emitir opinión en todas aquellas cuestiones de índole técnico-pedagógico o en temas de educación general que el Consejo Directivo Central o cada Consejo desconcentrado les sometan a consulta.


    • Ejercer iniciativa como órganos de asesoramiento en los problemas técnico-pedagógico de la rama respectiva y en temas de educación general.


    • Pedir a los Consejos respectivos los datos e informes que estimen necesarios para el cumplimiento de sus cometidos. Esta facultad no comprendre los informes, documentos o piezas que sean calificados como secretos, confidenciales o reservados en conformidad con el Artículo 80 de la Ordenanza N0. 10.


    • Elegir la Mesa Permanente, crear Comisiones y Salas docentes que estimen pertinentes de acuerdo con los temas tratados.


    Autoridades

    Presidente
    Prof. Niriam Carbajal

    Vice-Presidente
    Prof. Beatriz Abero

    Secretaria
    Prof. María Isabel Olivet

    Pro-Secretarios
    Prof. Cristina Fernández
    Prof. María del Lujan Peppe

    Secretario Administrativo
    Sr. Walter Borio

     

    Actas de las ATD

    Ver las actas