Las Asambleas de Docentes establecidas en el Artículo 19 numeral 9 de la Ley No. 15.739, son órganos deliberantes con favultades de iniciativa y funciones consultivas en los problemas técnico-pedagógicos de la rama respectiva y en temas de educación general. Funcionarán por establecimientos de enseñanza así como en asambreas nacionales de docentes de cada Consejo de Educación.
Funciones y facultades:
Las Asambleas de Docentes podrán:
Presidente
Prof. Niriam Carbajal
Vice-Presidente
Prof. Beatriz Abero
Secretaria
Prof. María Isabel Olivet
Pro-Secretarios
Prof. Cristina Fernández
Prof. María del Lujan Peppe
Secretario Administrativo
Sr. Walter Borio
Francisco Acuña de Figueroa esquina Venezuela - Montevideo – URUGUAY
Teléfonos: (598) 2 – 924.97.51/52 Telefax 924.04.66
Horario de atención al Público: 12:30 a 17:30 hs.