Las Asambleas de Docentes establecidas en el Artículo 19 numeral 9 de la Ley No. 15.739, son órganos deliberantes con favultades de iniciativa y funciones consultivas en los problemas técnico-pedagógicos de la rama respectiva y en temas de educación general. Funcionarán por establecimientos de enseñanza así como en asambreas nacionales de docentes de cada Consejo de Educación.
Funciones y facultades:
Las Asambleas de Docentes podrán:
Integrantes:
Profa. Mercedes López (Presidenta)
Profa. Gladys Rodríguez (Vicepresidenta)
Prof. Osvaldo Larrea (Secretario)
Profa. Laura Obrer (Prosecretaria)
Profa. Emma Nury Odriozola (Prosecretaria)
Integrantes:
CONSEJO DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN
INSTITUTO DE FORMACION DOCENTE DE LA COSTA
Ombúes y Av. “F” Solymar Norte Km. 24.200 de R. Interbalnearia - Canelones
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